bootstrap table

PREGUNTAS FRECUENTES

Debe acercarse al Servicio Nacional de Salud Valparaiso-San Antonio (depto. Higiene ambiental), con un certificado de defunción del fallecido con causa de muerte y solicitar una resolución de traslado. El S.N.S. entregará la fecha de retiro, que se realizan los dias jueves a las 10:00 hrs.
El horario de atención del S.N.S. es de lunes a viernes de 09:00 a 12:00 hrs. Está ubicado en calle Yungay Nº 1725 (esquina plaza Vitoria) Valparaíso. Teléfono (32) 225 3609.

DOCUMENTACION QUE DEBE PRESENTAR EN CEMENTERIO Nº 3 PLAYA ANCHA

- Resolución de Traslado S.N.S. (hoy presentada por fiscalizador de S.N.S.)
- Cónyuge con libreta o certificado

- Cualquier otro familiar que se haga responsable debe ser directo, siempre y cuando ambos cónyuges estén fallecidos. En este caso deberán autorizar el traslado con un poder notarial, y acreditar el parentesco indicado (certificados de nacimiento o libretas de matrimonio), en la administración de cementerios.
- En caso de que el fallecido este en alguna sociedad mutualista, esta última deberá extender una autorización por escrito a la persona interesada.

El nicho de reducción perpetuo individual se compra para la persona que está por vencer en su lugar de sepultación original.
El traslado físico se llevará a cabo en común acuerdo con el interesado. (De lunes a viernes a las 08:45 hrs).
Si la compra del nicho se hace a crédito, el traslado físico se concreta una vez saldada la última cuota del crédito.

TRAMITES PARA LA ADQUISICIÓN
Para realizar el trámite en la administración del cementerio, debe presentarse el pariente más directo de la persona a reducir.
Si se trata del cónyuge lo debe hacer su viudo o viuda dependiendo del caso; en forma personal y con libreta o certificado de matrimonio.
Cualquier otro familiar que se haga responsable debe ser directo (hijos, nietos, bisnietos, etc.) estos en caso de que ambos contrayentes estén fallecidos, solo podrán autorizar su reducción mediante una DECLARACION NOTARIAL, (este documento debe indicar que los familiares que están haciendo el tramite se hacen responsables de dicha reducción y traslado, indicando sepultura de origen y sepultura de destino) , y con la debida ACREDITACIÓN DE PARENTESCO INDICADO.

En caso de que el fallecido este sepultado en alguna sociedad mutualista, esta última deberá extender una autorización por escrito a la persona interesada.

Para realizar el trámite en la administración del cementerio, debe presentarse el pariente más directo de la persona a reducir. Si se trata del cónyuge lo debe hacer su viudo o viuda dependiendo del caso; en forma personal y con libreta o certificado de matrimonio. Cualquier otro familiar que se haga responsable debe ser directo (hijos, nietos, bisnietos, etc.) estos en caso de que ambos contrayentes estén fallecidos, solo podrán autorizar su reducción mediante una DECLARACION NOTARIAL, (este documento debe indicar que los familiares que están haciendo el trámite se hacen responsables de dicha reducción para dar capacidad, indicando sepultura donde se encuentra el fallecido actualmente) , y con la debida ACREDITACIÓN DE PARENTESCO INDICADO.
En caso de que el fallecido este sepultado en alguna sociedad mutualista, esta última deberá extender una autorización por escrito a la persona interesada.

Para sepultar a un ser querido, basta con traer el pase de sepultación emitido por el registro civil al momento de inscribir la defunción, y tener un producto comprado o la autorización de algún dueño de un producto familiar para que el difunto sea sepultado en ese lugar, una vez que se hayan cancelado los aranceles del servicio de sepultación.